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El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 21.020, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) y su Programa de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de compañía - Mascota Protegida, tiene el agrado de invitar a todas las personas jurídicas sin fines de lucro, cuya misión y objetivos sean la promoción de la tenencia responsable de animales de compañía, a postular a los Fondos Concursables de la Ley 21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, en su cuarta versión año 2021.


Este Fondo Concursable tiene por finalidad apoyar e impulsar la labor de organizaciones promotoras de la Tenencia Responsable, a través del financiamiento de proyectos con fines de bienestar animal y prevención de enfermedades zoonóticas. En esta oportunidad se dispondrá de la suma de $511.142.900.- (quinientos once millones ciento cuarenta y dos mil novecientos pesos), para el financiamiento de estas iniciativas a lo largo de todo el territorio nacional.


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Bases 2021

Bases administrativas y técnicas de los Fondos Concursables de la Ley 21.020 de Tenencia responsable de Mascotas y Animales de Compañía 2021.



Ser Persona Jurídica sin fines de lucro y promotora de la tenencia responsable

Pueden postular las entidades con personalidad jurídica sin fines de lucro, promotoras de la protección de animales y de la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía (ver punto 2.1 Sobre las organizaciones postulantes, de las Bases).


Estar inscrita en el Registro Nacional de Personas Jurídicas Promotoras de la Tenencia Responsable

A la fecha de postulación, la entidad postulante debe encontrarse inscrita en el 'Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascotas o Animales de Compañía', creado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública a través de la SUBDERE, exigiéndose el Comprobante de Registro. La inscripción en el Registro se realiza presencialmente en la municipalidad donde la entidad fijó su dirección.


Estar inscrita en Registro de las Personas Jurídicas receptoras de Fondos Públicos

Al momento de la postulación, la persona jurídica debe estar inscrita en este Registro, conforme dispone la Ley 19.862, exigiéndose el Comprobante de Inscripción. Para inscribirse, debe seguir las instrucciones indicadas en el sitio web www.registros19862.cl .Para la emisión del certificado, tiene que revisar en la sección Preguntas Frecuentes en dicha web.


Tener al día la vigencia de persona jurídica y de directorio

Se necesita acreditar la vigencia, tanto de la persona jurídica como del directorio, para lo cual se solicitan certificados con una antigüedad no superior a 90 días de su fecha de presentación. Ambos certificados los emite el Servicio de Registro Civil e Identificación, las municipalidades o la entidad que corresponda.


Certificado de antecedentes o declaración simple del representante legal

Certificado de antecedentes, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, o declaración simple del representante legal que acredite no estar condenado por el delito de maltrato animal, o afectarle inhabilidad absoluta y/o perpetua de tenencia de animales.


Escaneo o fotografía de la cédula de identidad del representante legal

Escaneo o fotografía de la cédula de identidad por ambos lados del representante legal que suscribirá el convenio.


Escaneo, fotografía ó RUT digital de la persona jurídica

Legible por ambos lados del Rol Único Tributario de la entidad que postula, aceptándose RUT provisorio.


Declaración Jurada Simple del representante legal señalando que la persona jurídica no tiene deudas

Declaración Jurada Simple del representante legal de la entidad concursante que señale que esta no tiene deudas laborales y previsionales, según formato adjunto Anexo N°2 (ver final de las Bases)


Declaración jurada simple, según formato adjunto Anexo N°1

Declaración jurada simple, según formato adjunto Anexo N°1 (ver final de las Bases)


Presentar un proyecto en la forma y plazo definidos en las Bases

Es necesario que la persona jurídica presente un proyecto, de acuerdo a lo indicado en las Bases, junto a la documentación requerida.


Revisar bien las Bases, Respuestas y Aclaratorios

Por último, se señala que es indispensable leer las Bases, Respuestas y Aclaratorios, así como todo documento e información disponible en este sitio web, para una exitosa postulación de proyecto por parte de la persona jurídica.


Bases administrativas y técnicas Fondos Concursables 2021
Anexos Bases administrativas y técnicas Fondos Concursables 2021
Complemento para proyectos línea D
Ley N°21.020 y Reglamento DTO N°1.007
Guía de Protocolos Médicos vigente y otros procedimientos del Programa de Tenencia Responsable
Sobre el Registro Nacional de Personas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascota (inscripción presencial y no presencial)
Sobre Vigencia Extendida de los Directorios de las Personas Jurídicas.
Evaluación territorial (para proyectos de la línea A, B y C )
Presentación Postulación 2021
Consolidado de respuestas Sobre Fondos Concursables 2021
Resolución N°5176/2021 que extiende plazo de postulación de Bases de Fondos Concursables Ley N°21.020...
Acta que amplía plazo de evaluación de los proyectos postulados
Resolución N°7026 que Adjudica los proyectos asociados a la postulación...
Resolución N°8277 que Modifica Resolución Exenta N°7026 que adjudicó los proyectos...Nuevo
Etapa Fecha de inicio Fecha de término
Primer día de publicación de las bases. 18-06-2021
Postulaciones de proyectos. 22-06-2021 13-07-2021
Período de preguntas, consultas y aclaraciones. 22-06-2021 29-06-2021
Respuestas a preguntas, consultas y aclaraciones. 30-06-2021 06-07-2021
Cierre de postuaciones (hasta las 23.59 horas). 13-07-2021
Tipo Proyecto Monto máximo a postular
a) Educación y cultura en tenencia responsable. $ 3.000.000
b) Esterilizaciones caninas y felinas y atención veterinaria primaria. $ 13.000.000
c) Rescate, recuperación y reubicación. $ 4.000.000
d) Cuidado de mascotas en centros o lugares destinados a su mantención, señalándose la ubicación y capacidad de cada uno de ellos. $ 5.000.000
e) Adiestramiento, rehabilitación y comportamiento animal. $ 3.000.000
f) Asesorías jurídicas, juicios, consultorías, desarrollo institucional, articulación y proposición de normas legales. $ 2.000.000

Las consultas deben dirigirse vía correo electrónico a fondoconcursable@subdere.gov.cl. Una vez recibidas las consultas durante el período indicado, se contestarán a través de un consolidado de respuestas a publicarse en esta misma página web, en los plazos establecidos en las Bases.


Para postular, es necesario ingresar a la plataforma del sistema de postulación en línea en el siguiente enlace:

Postula acá

Revisa el vídeo explicativo de la plataforma de postulaciones.


1¿Cómo tenemos que rellenar la ficha de inscripción para el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, para poder participar oficialmente y presentar nuestro proyecto?
2¿Dónde encuentro los documentos anexos que se indican en las Bases de los Fondos Concursables?
3¿Dónde consigo las garantías para postular? Como agrupación no tenemos recursos propios para acreditar solvencia económica.

Para POSTULAR a los Fondos Concursables 2021, NO se necesita documento alguno que corresponda a una garantía o fianza, ya que solo se solicitará en el evento de haber sido adjudicado su proyecto, pero no en etapa de postulación.
Deben recordar que al momento de postular a los recursos asignados a las líneas de financiamiento, no están obligados a participar por el monto máximo de dinero; tienen la opción de postular a una o más líneas, pero con un proyecto de menor tamaño, que involucre menos recursos económicos y les permita financiar inicialmente las garantías, las cuales serán 3, una equivalente al 5% del monto adjudicado y otras dos equivalentes al 100% del valor de la cuota transferida (Ver Acápite XII de las Bases para mayor entendimiento).

4¿Una misma personalidad jurídica puede postular a más de un proyecto que corresponda a distintas líneas de trabajo (p.e. A, B o C) y en el caso de ganar más de una postulación, se pueden ejecutar en forma paralela o hay que ejecutar una después de otra?.

Pueden postular a más de una línea de financiamiento si lo desean; pero por línea, solo pueden postular un solo proyecto. Por ejemplo, no pueden presentar dos proyectos a la línea C, pero sí pueden presentar uno a la línea C, otro a la D, etc. En caso de adjudicarse más de un proyecto (por ejemplo, uno en la línea A y otro en la B), cada uno será considerado de forma independiente, por lo que deberán ser ejecutados paralelamente, sin mezclar los recursos, ni gastos ni rendiciones, respetando, cada uno, la programación de actividades propuesta.

5Mi Organización tiene su directorio vencido, ¿puedo participar de la convocatoria?

En la sección ‘Documentación’ se subió un documento aclaratorio sobre lo dispuesto por la Ley 21.239 que prorroga el mandato vigente de los directorios, entre ellos, los de fundaciones, organizaciones comunitarias funcionales etc. Dependiendo de la fecha de vencimiento en diciembre del 2019, podrán usar o no el certificado de vigencia correspondiente, de conformidad a lo señalado en la ley antes mencionada.

6¿Cuál certificado de antecedentes es el que debo adjuntar, "Certificado de Antecedentes para fines especiales" ó "Certificado de Antecedentes para fines particulares"?

Cualquiera de los dos se puede adjuntar en su postulación.

7Los Anexos que son Delaraciones Juradas, ¿deben ser ante notario?

Por tratarse de declaraciones simples, no necesitan ser firmadas ante notario; pero deben ser suscritas por el representante legal la organización, que normalmente es el presidente.

8En el caso de los proyectos de la Línea C) Rescate, Recuperación y Reubicación, ¿los proyectos se debe centrar solo en el rescate de animales? ¿Es posible entregar atención veterinaria en el lugar ? ¿Se pueden incluir esterilizaciones?

En el caso de los proyectos de la línea C, el principal objetivo debe ser el rescate, recuperación y la reubicación de animales, por lo cual, si bien pueden considerar dentro de la ejecución del proyecto la entrega de cuidados a una mascota rescatada previamente, la mayoría de los rescates deben desarrollarse dentro de la vigencia del proyecto financiado por SUBERE, de lo contrario el proyecto correspondería a la línea D (Cuidado de mascotas en centros o lugares destinados para su mantención).
La línea de rescate, permite la entrega de prestaciones médicas, y por ende es posible realizar atenciones primarias a un animal, ahora, si el proyecto está orientado exclusivamente a esterilizaciones, correspondería más bien a un proyecto de la la línea B (esterilizaciones caninas y felinas y atención veterinaria primaria).
Es importante que los proyectos de rescate incorporen un porcentaje de animales retirados de las calles y entren a un proceso de mejora para adopción, y en los casos en donde los animales estén más complicados de salud deben recuperarse y tratarse fuera de las calles. Por último, recordar que las metas del proyecto son definidas por la organización al momento de postular, lo importante es que estas sean coherentes con la línea postulada.

9En el área de documentos a adjuntar, los que entregan puntajes adicionales ¿se suben como un informe que respalde lo que indica el ítem a considerar con puntaje extra?

Los documentos o antecedentes considerados para acreditar criterio que les den más puntajes, deben ser adjuntados en un solo archivo, en la sección que corresponde a cada criterio, en la pestaña ‘Documentos’ de su postulación de proyecto (https://fondos.tenenciaresponsablemascotas.cl ).
Se hace la salvedad, que dichos documentos no corresponden a un informe como tal, sino, que se refiere a antecedentes que sustenten la propuesta y tengan relación y coherencia con lo planteado en el proyecto y el criterio correspondiente. Se recomienda revisar los ejemplos mencionados en las bases del concurso.

10¿Cuál es el listado de campamentos del Minvu que se consideran para asignar puntaje adicional en las bases 2020? (Criterios de focalización)

Se subió el archivo relacionado con el Criterio 7 de Evaluación Territorial a la sección ‘Documentación’ de la página web de los Fondos Concursables 2021

11¿Existe un formato especial para la presentación del proyecto?

El formato que existe es el correspondiente al formulario electrónico dispuesto en la plataforma de postulación de los Fondos (https://fondos.tenenciaresponsablemascotas.cl/), pues se trata de una postulación 100% en línea. Le recomendamos revisar próximamente la sección ‘Documentación’ de la página web de los Fondos Concursables 2021 pues se subirán tutoriales para su correcto llenado. Se hace presente que la postulación online se completa subiendo la documentación obligatoria señalada en las bases del concurso, pudiendo además complementarse con los documentos que otorgan puntaje adicional.

12Pueden algunos miembros de la directiva de la agrupación ser contratadas como parte del equipo veterinario encargado de las esterilizaciones (veterinario y asistentes)?

Si, pero no pueden ejercer dos tipos de funciones, por ejemplo, ser coordinador y veterinario; deben tener las competencias técnicas adecuadas, las que deben ser acreditadas y no deben ser funcionarios públicos, además de otras restricciones señaladas en la Bases Administrativas.

13¿Qué sucede si la fundación, agrupación u ONG no cuenta con experiencia en proyectos relacionados con tenencia de mascotas?

La evaluación para este criterio será con un puntaje bajo o mínimo. No obstante, si cumple los requisitos para postular y el proyecto es bien evaluado, aun cuando no tenga experiencia, podría eventualmente adjudicarse los fondos.